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La Sorrozuela es una urbanización en el municipio de Bareyo, cuya capital es el pueblo de Ajo; esta situada entre el faro y la desembocadura del río Campiezo, al final de la ría de Castellanos, o ría de Ajo. La costa es escarpada, agreste y salvaje, muy peligrosa; no hay playa, sólo queda un húmedo arenal durante la bajamar.

martes, 15 de octubre de 2013

El Plan General de Ordenación Urbana de Bareyo, avanza

Sobre el P.G.O.U. de nuestro municipio no tenemos noticias en la Comunidad; aunque algo hemos venido oyendo en los últimos años en la calle y en los bares del pueblo, incluso el tema ha salido episódicamente en conversaciones privadas al terminar algunas juntas generales de propietarios, sin que nadie haya aportado nunca información relevante, y desde luego, no se ha planteado en asunto en el orden del día de las juntas de la Comunidad.
Pues bien, hoy, por pura casualidad, nos hemos topado con la siguiente noticia (aunque es del 30 de septiembre), que subimos al blog, procede del Gobierno Regional de Cantabria, y dice así:

El consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo, Javier Fernández, ha presidido esta mañana la reunión de la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CROTU) que ha presentado un informe favorable de impacto territorial del Plan General de Ordenación Urbana de Bareyo, que es preceptivo para los 37 municipios que están dentro del Plan de Ordenación del Litoral (POL)”.
Para mayor información los interesados pueden pinchar AQUÍ ENCIMA, y enlazar con la noticia tal y como la hemos conocido.

sábado, 12 de octubre de 2013

Hoy 12 de octubre, Fiesta Nacional de España y día de Nuestra Señora del Pilar, Patrona de la Guardia Civil

La Comunidad de Propietarios de “La Sorrozuela”, con motivo de la festividad que celebra la Guardia Civil, en nuestro caso el puesto de Galizano, ha tenido un modesto detalle, como viene siendo tradicional, para con los agentes destacados en dicho puesto, que son quienes en sus habituales rondas por nuestra zona nos protegen y nos cuidan. Por lo tanto, en el día de hoy con nuestro afecto y nuestro agradecimiento, les deseamos muchas felicidades en la festividad de su Patrona, que, por cierto, este año cumple su primer centenario. Más información pinchando aquí encima.

viernes, 11 de octubre de 2013

Instrucciones sobre reclamaciones judiciales de cuotas de comunidad a propietarios morosos

Una eficaz defensa de los intereses colectivos de la Comunidad de Propietarios en esta materia requeriría un cronograma de las siguientes características:
1º.- la deuda de cada propietario moroso se fijará a 31 de diciembre de cada año, incluyendo las cuotas adeudadas que vengan arrastradas de ejercicios anteriores.
2º.- la deuda incluirá la liquidación de intereses de demora en los términos fijados por el art. 6, b), de los Estatutos de la Comunidad.
3º.- la Junta General Ordinaria es conveniente, a estos y a otros efectos, que se celebre a finales del mes de enero siguiente.
4º.- la J.G.O. conocerá con claridad y precisión el importe de la deuda, debidamente desglosado, e identificará con precisión el nombre del deudor.
5º.- la J.G.O. aprobará la liquidación de la deuda del propietario con la comunidad, y habilitará al Presidente y al Administrador para la interposición de la correspondiente reclamación judicial, facultando al Presidente para el nombramiento de abogados y procuradores, y el otorgamiento de poder general para pleitos, o la realización de apoderamiento “apud acta”.
6º.- el acta de  la J.G.O. se elaborará dentro del plazo legal de diez días e inmediatamente el Administrador expedirá y firmará la certificación del acuerdo de la junta aprobando la liquidación de la deuda, que contará necesariamente con el visto bueno del Presidente.
7º.- el acta de la J.G.O se remitirá de inmediato por burofax al deudor.
8º.- la reclamación judicial se interpondrá ante el Juzgado de Santoña.
9º.- se recomienda que “la presentación de la petición inicial del procedimiento monitorio”, que no requiere de abogado ni procurador, la realice el Administrador de la Comunidad.
10º- el inicio de la reclamación judicial deberá hacerse dentro del plazo de un mes desde la celebración de la Junta General Ordinaria, en principio dentro del mes de febrero de cada año, a partir de ese momento comienza a devengarse, sobre la cifra objeto de la demanda, el interés legal del dinero (actualmente está en el 4%).
El Consejo General del Poder Judicial, en su página web oficial, ofrece a la ciudadanía los siguiente documentos (para enlazar pinchar encima):
A) Proceso Monitorio para comunidades de propietarios. Folleto informativo.
B)  Proceso Monitorio para comunidades de propietarios. Impreso normalizado.

En Ajo, a 11 de octubre de 2013.

jueves, 10 de octubre de 2013

AVISO: pago de la cuota de Comunidad del 4º trimestre de 2013

Se recuerda a los propietarios que no tengan domiciliado en una entidad bancaria el pago su cuota de comunidad, que tienen la obligación estatutaria (art. 19) de hacer el ingreso antes del día 10 del mes de inicio de cada trimestre, es decir, el 10 de octubre (hoy) con respecto a la cuota del cuarto trimestre de 2013.

jueves, 3 de octubre de 2013

Cerca de "La Sorrozuela" tenemos a nuestro alcance la maravilla de Cabárceno

La noticia es de hace varios días, pero un amable lector nos ha escrito para sugerirnos que pongamos algo en el blog, como valor añadido para quienes vamos a descansar a "La Sorrozuela", así que se impone una escapada a Cabárceno para conocer al nuevo residente en el Parque de la Naturaleza.
Enlace a la noticia pinchando aquí encima:

Nace un rinoceronte blanco en Cabárceno

Se trata de un nuevo hito para el parque ya que es una de las especies con mayor dificultad de reproducción en cautividad".