Se recuerda a los propietarios que no tengan domiciliado
en una entidad bancaria el pago su cuota de comunidad, que tienen la obligación
estatutaria (art. 19) de hacer el ingreso antes del día 10 del mes de inicio de
cada trimestre, es decir, el 10 de octubre (hoy) con respecto a la cuota del
cuarto trimestre de 2013.
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